jueves, 5 de enero de 2012
miércoles, 4 de enero de 2012
Pensiones del IVSS (incapacidad, invalidez, sobreviviente, vejez)
Breve resumen sobre los tipos de pensiones que ofrece el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS) con base a información oficial.
Las pensiones del IVSS son prestaciones dinerarias otorgada en virtud de disposiciones jurídicas que tienen como finalidad "garantizar" al ciudadano bienestar y seguridad social y dependiendo de la situación del ciudadano pueden ser por vejez, invalidez, incapacidad o sobreviviente. En la práctica, los beneficiados o aquellas personas interesadas en obtenerlos, se ven frecuentemente atrapados en largas colas y trámites burocráticos.
El Seguro Social es un beneficio que tiene todo venezolano que ha prestado sus servicios bajo una relación laboral, bien sea a entes públicos o privados, o que haya cotizado por su cuenta ante el IVSS. Los entes públicos y privados están obligados por ley realizar el pago de las cotizaciones del SSO de manera mensual (Ver: Cálculo del SSO), en base al salario del trabajador, realizando un aporte que según el Reglamento de la Ley de Seguro Social varia entre 9% a 11% (artículo 192) dependiendo de la clasificación de riesgo de la empresa. En tanto que se le descuenta al trabajador otra parte que se calcula con base al número de lunes en el mes, el sueldo mensual y las semanas laborales del año.
Actualmente la normativa vigente que regula el Sistema de Seguridad Social es en primera instancia la Ley Organica del Sistema de Seguridad Social publicada en la Gaceta Oficial N° 37.600 de fecha 30 de diciembre de 2002, y en segunda instancia, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social que fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.891 extraordinaria de fecha 31 de Julio de 2008. No obstante, existen otros reglamentos y decretos al respecto.
La Dirección de Prestaciones del IVSS es la encargada de velar por el oportuno trámite y cancelación de las prestaciones dinerarias a corto (indemnizaciones diarias por incapacidad temporal para el trabajo, nupcias y funerarias) y largo plazo (pensiones por vejez, invalidez y sobreviviente) solicitadas a nivel nacional, así como los convenios de seguridad social suscritos entre la Republica Bolivariana de Venezuela y otros países en materia de pensiones.
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lunes, 2 de enero de 2012
208 años de la Independencia de Haití y algo más
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