DEL ROL CONSTITUCIONAL DE LA FUERZA ARMADA
La Constitución Nacional en su Art.328, norma el rol de La Fuerza Armada. No obstante, adolece según nuestro criterio, de una función esencial como es otorgarle de manera taxativa su actuación de oficio en el supuesto de violación del Texto Constitucional, por parte de alguno de los Poderes Públicos, tal y como se contempla en la Constitución de ciertos países de la región. En el caso muy particular de nuestro País, debemos tener presente su pasado guerrerista así como la accidentada e incivil vida republicana en los albores de la Nación.
Por citar un solo ejemplo, traemos a colación la infeliz expresión del para entonces Presidente de la República ,general José Tadeo Monagas: " La Constitución sirve para todo " dándonos a entender ,de ese modo, el desconocimiento y menos precio que algunos caudillos militares tenían por la piedra angular de la Nacionalidad, como lo es la Constitución. Venezuela acumula 25 Constituciones en 195 años de vida republicana, lo que nos indica una inestabilidad política importante ,dentro de esa situación de inestabilidad política se podría señalar entre otros, la violación de la Constitución, que permite el derrocamiento de los gobiernos y por regla general la aparición del " hombre fuerte" que imponga orden.
Todo ello significa que no existe en nuestro País ninguna tradición ni acendrado espíritu constitucionalista ni respeto por la Carta Magna, por el contrario de lo que sucede en la mayoría de los países de la región , donde existe una dilatada trayectoria democrática y una estabilidad política digna de ejemplo por lo contrario de lo que existe en nuestro País, donde la inobservancia crónica que ha padecido nuestra Ley Fundamental a través de la historia, todo ello nos conduce a entender el origen de las funestas consecuencias que ha padecido el País como es la fatal y cíclica aparición de la figura indeseable y ominosa del " gendarme necesario " extravío éste que configura parte importante de nuestra idiosincrasia.
Así tenemos , que en 1936 desaparece de muerte natural , el dictador Juan Vicente Gómez, cuyo régimen ha sido el más largo que ha padecido Venezuela en toda su historia, por tal motivo, el historiador y literato Mariano Picón Salas expresó:"Venezuela ingresó al Siglo XX en el año 1936 con la muerte de Juan Vicente Gómez" ; Con tal acontecimiento retorna al País la libertad secuestrada por veintisiete años . Esta etapa libertaria duró escasamente doce años , hasta que fatalmente se apersona el general Marcos Pérez Jiménez, el"Nuevo componedor del País" con su consigna "El Nuevo Ideal Nacional ", ciclo que se prolonga hasta el año 1958; de aquí en adelante se instaura una época de libertad y democracia que dura cuarenta años hasta que se manifiesta el "Nuevo Salvador de la Patria", el Teniente Coronel (R) Hugo Chávez, cumpliéndose de ese modo, el fatalismo histórico y aberrante al que nos hemos venido refiriendo.
De este modo se demuestra la reiterada existencia de una Carta Magna que requiere fortalecerse y garantizar su vigencia y acatamiento pleno. La salvaguarda de la integridad del Texto Constitucional, atribuida a una Fuerza Armada Institucionalista , Apolítica y Profesional, que es el ideal al que todos debemos aspirar, constituiría un rol tan honroso y necesario como son la defensa de la soberanía y la integridad territorial; ahora bien , mientras no exista la garantía real y absoluta de que el Texto Constitucional será acatado y que no exista la posibilidad de su violación e inobservancia , difícilmente se podrá hablar de estabilidad política y mucho menos de la existencia de un Estado de Derecho, por cuanto sin esa garantía, se viola impune y flagrantemente la Constitución, tal y como ocurre en los tiempos presentes , siempre existirá la amenaza de la ruptura del hilo constitucional.¿Quien más idónea para ser guardián y observante de
la Constitución? Obviamente que la Institución Armada.
Hay que resaltar que el propio Texto Legal cuenta con algunos mecanismos para su propia defensa , así el Titulo VIII De la protección de la Constitución . Capitulo I De la Garantía de la Constitución . Artículos: 333, 334, 335 y 336. Pero aun cuando la intención del legislador es la inclusión de mecanismo de protección necesaria, tales dispositivos hasta el presente, han resultado ser letra muerta, a la Constitución se la viola sistemáticamente , ante la obsecuencia del colectivo nacional y de las Fuerza Armada , por tales razones , reiteramos que si en el rol de la Institución Armada se contemplara , la función de defensa y salvaguarda de la Constitución , sin lugar a dudas se garantizaría la institucionalidad republicana y por ende su democracia.-
Coronel (Ej) Luis Enrique Sucre